lunes, 2 de mayo de 2011

El anonimato en Internet

Hoy trataremos un tema muy polémico en relación con la libertad de expresión en Internet: ¿es lícito decir cualquier cosa amparados por el anonimato en Internet?
Mucha gente piensa que Internet es un lugar en el que “todo vale”. Sin embargo, cualquier acto que en el mundo físico esté prohibido también lo estará en Internet.
Además, el anonimato es una característica que agrava, aún más si cabe, los problemas de regulación, seguimiento, persecución y sanción de los delitos que se cometen a través de Internet. El autor del delito no necesita siquiera utilizar su propio ordenador. Esto se ve especialmente en temas como:

* Pornografía infantil.
* Amenazas, injurias, calumnias realizadas por ccorreo electrónico, SMS, tablones de anuncios, foros, newsgroups, web…
* Fraudes en el uso de las comunicaciones. Piratería de señales de televisión privada.
* Fraudes en Internet. Estafas. Uso fraudulento de tarjetas de crédito. Fraudes en subastas. Comercio electrónico.
* Seguridad lógica. Virus. Ataques de denegación de servicio. Sustracción de datos. Hacking. Descubrimiento y revelación de secreto. Suplantación de personalidad.
* Piratería de programas de ordenador, de música y de productos de la industria cinematográfica.

Cuestionario

Os invitamos a realizar este cuestionario online elaborado en clase de Nuevas Tecnologías a través de Google Docs. Esperamos que os animéis a realizarlo.

lunes, 25 de abril de 2011

Presentación

Incluímos en esta entrada la presentación elaborada en clase a través de Google Docs. Esperamos que os guste.



jueves, 21 de abril de 2011

Libertad de Expresión en el Mundo

A continuación os describimos la situación general de algunos países en cuanto a la gestión que hacen sus gobiernos del derecho a opinar y a informar:

CHINA
A pesar de que en 2007 se introdujo una nueva normativa encaminada a aumentar la libertad de los periodistas extranjeros para cubrir noticias en China durante las Olimpiadas, muchos han sido detenidos e incluso agredidos cuando intentaban informar sobre algunos asuntos delicados por las autoridades. Los periodistas chinos por su parte no se han beneficiado de esta nueva normativa y siguen trabajando bajo un control y una censura estrictos. Los que publican artículos criticando a las autoridades o a la política oficial se arriesgan a ser procesados y encarcelados, empleándose habitualmente vagas acusaciones como “subvertir la seguridad del Estado” o “filtrar secretos de Estado al exterior”.
El periodista Shi Tao cumple condena de diez años de cárcel por enviar un mensaje electrónico a Estados Unidos a través de su cuenta de correo de Yahoo! en el que se refería a una decisión del Partido Comunista. Las autoridades chinas lo acusaron de “facilitar de forma ilícita secretos de Estado a entidades extranjeras”. Según la transcripción de las pruebas presentadas ante el tribunal, la empresa estadounidense Yahoo!, en una acción injustificable, facilitó a las autoridades chinas los datos de su cuenta.
Shi Tao

FEDERACIÓN RUSA
El trabajo de la prensa independiente, la sociedad civil y las organizaciones de defensa de los derechos humanos en Rusia se ha deteriorado en los últimos años. El alto número de periodistas asesinados en Rusia, al parecer por su actividad profesional, hace de este país un lugar muy peligroso para ejercer el periodismo. Las autoridades rusas registran una tasa muy baja a la hora de obtener justicia por casos de violencia contra periodistas; y rara vez las amenazas de muerte contra periodistas independientes y defensores de derechos humanos son investigadas con eficacia.
La periodista rusa Anna Politkovskaya fue asesinada en la entrada de su apartamento de Moscú el 7 de octubre de 2006. En febrero 2009, un jurado absolvió a todos los acusados de participar en el crimen. Posteriormente, el Tribunal Supremo ordenó una nueva investigación que combina la causa contra los tres presuntos cómplices del crimen con la investigación de las personas responsables de ordenar el asesinato y de llevarlo a cabo.
Anna Politkovskaya


MARRUECOS Y SÁHARA OCCIDENTAL
Las autoridades reprimen firmemente la expresión de opiniones o la difusión de información consideradas como ofensivas para la monarquía en Marruecos. Se secuestran o suprimen ediciones de publicaciones nacionales e internacionales con encuestas de opinión, artículos o viñetas sobre la familia real y, en algunos casos, incluso se cierran las publicaciones.
Defensores y defensoras de los derechos humanos y periodistas marroquíes sufren procesamientos por denunciar casos de corrupción y criticar a las autoridades. Las informaciones consideradas sensibles para la "integridad territorial" del país, por ejemplo lo relativo a la situación del Sáhara Occidental, también pueden provocar la detención y condena de sus responsables.
Idriss Chahtane, editor del semanario Almichaal, fue condenado a un año de prisión en octubre 2009 por el Tribunal de Primera Instancia de Rabat por publicar información falsa con “mala intención”. En noviembre se cerró el semanario después de que se confirmase la condena en apelación.
Idriss Chahtane

CUBA
Varios años después de que en 2003 tuviera lugar una brutal represión de disidentes por parte del gobierno cubano que desembocó en el encarcelamiento de 75 personas, únicamente por ejercer de forma pacífica su derecho a las libertades de expresión, reunión y asociación, en Cuba siguen en vigor leyes que restringen estas libertades, así como el hostigamiento e intimidaciones de disidentes, periodistas y defensores y defensoras de los derechos humanos.
Yosvani Anzardo Hernández es redactor jefe de la revista digital Candonga y corresponsal de una web de noticias radicada en Miami. En septiembre 2009 fue detenido por la policía y, tras dos semanas en la cárcel, liberado sin cargos. El servidor que albergaba la revista fue confiscado.
Yosvani Anzardo Hernández

IRÁN
Las autoridades bloquean sitios web en los que se expresan críticas, especialmente blogs iraníes, pero también incluso sitios de medios de comunicación extranjeros que informan sobre Irán. En abril de 2009, por ejemplo, advirtieron a los usuarios de SMS que los mensajes estaban “controlados” por una nueva ley de “delitos en Internet”. Decenas de periódicos, revistas y otros medios de comunicación impresos son cerrados o prohibidos y los periodistas críticos con el Gobierno son hostigados. Las autoridades llegan a infiltrarse en grupos de la sociedad civil independientes para menoscabarlos. Roxana Saberi, periodista con doble nacionalidad, estadounidense e iraní, detenida el 31 de enero 2009, fue declarada culpable de “colaborar con un Estado hostil” en un juicio a puerta cerrada ante el Tribunal Revolucionario de Teherán el 18 de abril de 2009. Fue condenada a ocho años de cárcel, pero se le redujo la pena a dos años de prisión condicional tras numerosas críticas suscitadas por su caso dentro y fuera de Irán. Quedó en libertad el 12 de mayo y se le permitió abandonar el país.
Roxana Saberi

TURQUÍA
Las opiniones discrepantes, en particular críticas a las fuerzas armadas o comentarios sobre la situación de las poblaciones kurda y armenia en Turquía, se enfrentan a investigaciones y actuaciones penales. En Turquía se procesa por esta razón a muchos escritores, periodistas, activistas políticos kurdos y defensores de los derechos humanos. Numerosas leyes permiten al Estado limitar la libertad de expresión. Por ejemplo el artículo 301 del Código Penal permite procesamientos por insultos a la nación turca, un delito que es punible hasta con dos años de cárcel. En agosto 2009, la fiscalía, en representación del jefe de las Fuerzas Armadas, presentó una querella criminal contra el periodista Mehmet Baransu en aplicación del artículo 301. Se basaba en un artículo publicado en un periódico nacional, Taraf, sobre una presunta conspiración de las Fuerzas Armadas para desestabilizar al Gobierno.
Mehmet Baransu

Libertad de Expresión en Europa

Os dejamos un interesante video de la conferencia celebrada el 21 de junio de 2010 en Bruselas a propósito de la libertad de expresión en Europa.
Se trata de un seminario formado por periodistas, juristas, artistas, etc. en el que debaten la situación de la censura (tanto ajena como propia) en nuestro continente.

sábado, 16 de abril de 2011

Libertad de expresión vs. derecho a la intimidad

Uno de los principales problemas que se plantea en el ejercicio de la libertad de expresión se encuentra en el respeto a los derechos de los demás. Esto viene claramente recogido en el apartado 4º del artículo 20 de nuestra Constitución, al establecer que:
 Estas libertades tienen su límite en el respeto a los derechos reconocidos en este Título, […], especialmente, en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen.
Este último derecho aparece recogido en el artículo 18 de nuestra Carta Magna, y se configura, al igual que la libertad de expresión, como un derecho de carácter fundamental. Además, son desarrollados por la Ley Orgánica 1/1982, de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen.
En base a esta ley, se consideran intromisiones ilegítimas, entre otras:
  • La divulgación de hechos relativos a la vida privada de una persona o familia que afecten a su reputación y buen nombre.
  • La captación, reproducción o publicación por fotografías o vídeos de una persona en lugares o momentos de su vida privada o fuera de ellos (salvo los casos previstos en la propia ley, entre otros, cuando se trate de personas que ejerzan un cargo público o posean una proyección pública y la imagen se capte durante un acto público o en lugares abiertos al público; o cuando la información gráfica sobre un suceso o acontecimiento público cuando la imagen de una persona determinada aparezca como meramente accesoria).
  • La utilización del nombre, de la voz o de la imagen de una persona para fines publicitarios o comerciales.
  • La manifestación de juicios de valor que de algún modo lesionen la dignidad de otra persona.

jueves, 14 de abril de 2011

La libertad de expresión

La libertad de expresión es uno de los derechos más fundamentales del sistema democrático, pues sin ella no existiría una opinión pública libremente formada.
Históricamente, ha estado íntimamente ligada a la libertad religiosa, pues al reconocerse ésta se consolidó también la libertad de difundir las creencias.
La libertad de expresión se configura como un derecho subjetivo de libertad, es decir, supone “la ausencia de interferencias o de intromisiones de las autoridades estatales en el proceso de comunicación” (STC 12/1982).
Este derecho se garantiza en la Constitución española en su artículo 20.
Los únicos límites posibles ante esta libertad se encuentran en el respeto a los derechos de los demás, especialmente el derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen.